testamento de Mateo Juanillo, cura párroco de Alcozar (1785)

 

 

TESTAMENTO DE MATEO JUANILLO[1]

 

En doce días de agosto de este año de mill setecientos ochenta y cinco, habiendo recibido los santos sacramentos de penitencia, eucaristía y extremaunción, murió Dn. Matheo Juanillo, cura propio que fue de las parroquiales de la villa de Alcozar y Velilla, su anejo, y dispuso su testamento ante Pedro Pablo, fiel de fechos, y en lo espiritual dispuso por su alma lo siguiente:

Primeramente que su cuerpo fuera sepultado en la iglesia de esta villa, en la primera línea, donde se enterró, con asistencia del teniente, de beneficiado y demás señores curas, como lo dejaba dispuesto.

Ídem que se celebrase por su alma misa y oficio de cuerpo presente. (Cumplido)

Ítem que se celebrase por su alma tres oficios de honras con asistencia del teniente, cura y beneficiado y demás señores curas. (Está cumplido)

Ídem mandó que se celebrasen por su alma quince oficios mayores con asistencia del teniente, cura y beneficiado.

Ítem mandó se celebrasen, por las ánimas de sus padres, seis oficios por las ánimas de sus padres.

Ítem otro oficio por el ánima de su hermano Manuel Juanillo. (Cumplido)

Ítem mandó se celebrase por su alma una novena de misas cantadas en esta parroquia.

Ítem mandó que se celebrasen por su alma quince misas cantadas: tres en el altar mayor, tres en el altar del Santo Cristo, tres en el de Ntra. Sra. del Rosario, tres en el de San Martín y otras tres en Ntra. Sra. del Vallejo, y todas componen las quince misas.

Ítem que se celebren por su alma, en esta parroquia, cien misas cantadas.

Ítem mandó que se celebrasen por su alma cien misas rezadas en el convento de Ntro. Padre San Francisco de San Esteban.

Ítem mandó se celebrasen por su alma cien misas rezadas en el convento de Santi Espiritus de Ntro. Padre Santo Domingo de Aranda.

Ítem mandó se celebrasen por su alma otras cien misas rezadas en Ntra. Sra. del Carmen del convento de Peñaranda. (Todas están cumplidas como consta de recibo) Ítem mandó que se celebrasen por su alma quinientas misas rezadas, y estas quinientas misas las dejó al “ad britrio” de mis testamentarios, para que las puedan mandar decir adonde mejor les acomode, que ésta es su voluntad.

Ítem mandó se celebrasen otras quinientas misas por las ánimas de quien algún cargo y obligación tuviese, y éstas también rezadas, y también las puedan mandar decir adonde mejor acomodo de los testamentarios para el despacho de su cumplimiento.

Ítem mandó que viniese el Santo Cristo a su entierro y se le diese de limosna una fanega de trigo.

Ítem que se me diga plegaria y oficio de fin de año, pagando la limosna acostumbrada.

Ítem mando un pan de añal, que son catorce fanegas de trigo, porque se me cante un responso todos los días durante el año de mi fallecimiento.

Ítem mandó a la iglesia de esta parroquial una casulla de china, con su alba, dos ámitos, paño de cáliz, corporales con su bolsa y un misal, junto con un Santo Cristo con su dosel y cortinas; y un cíngulo, que todo esto se lo mando con la condición que la iglesia me dé la mortaja sin pedir cosa alguna. (Cumplido como consta en el libro de intendencia de esta iglesia)

Ítem mandó a la iglesia de Velilla otra casulla de damasco encarnada, con su alba. (Está cumplido)

Ítem dejo fundado un aniversario en el Cabildo eclesiástico de la villa de Ayllón, de doce misas rezadas y otra cantada con asistencia de todo el cabildo, el cual dicho aniversario se hará cumplir por dichos señores en el día veinte del mes de septiembre perpetuamente cada un año, y para dicha fundación tengo entregados a dicho cabildo cuatrocientos ducados, los que están a su cargo el imponerlos para la perpetuidad y cumplimiento de dicho aniversario, como consta de la fundación puesta en el libro de dichas fundaciones al folio ochenta y siete vuelta, con lo que se concluía su testamento. Y para cumplir dicho testamento dejó por su testamentario y heredero a Antonino Carpintero, como conjunta persona que es de mi hermana, Marcelina Juanillo, a quien dejo por mi única y legítima heredera, y que ésta pague de lo mejor de mi hacienda este mi testamento.

Y para que conste, lo firmo yo, Dn. Julián Sotillos, como teniente de cura y beneficiado. Agosto y doce de mill setecientos y ochenta y cinco. (Entre renglones: Juanillo, valga)

Dn. Julián Sotillos

 

Detalle de una de las campanas de la Iglesia Parroquial


[1] Original en el Archivo Diocesano de El Burgo de Osma, Libro de Defunciones R16-4 de Alcozar.

 


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