escrituras de compraventa (siglo XX)

 

documento cedido por Juan Carlos de Blas de Blas (2017)

 

Escritura de compra venta de fincas radicantes en término municipal de Alcozar.

En la villa de Alcozar, hoy nueve de Mayo de mil novecientos seis; reunidos de una parte Dª Francisca Nieto Ortega, mayor de edad, de estado viuda, dedicada á las ocupaciones propias de su sexo, natural de Zayas de Báscones y vecina de Zayas de Torre, representada por su hijo D Nemesio de Pablo, también mayor de edad y Secretario del Ayuntamiento de expresado Zayas de Torre donde tiene adquirida vecindad, según comprobación con sus correspondientes cédulas personales de 11ª y 10ª clase respectivamente, y de otra D Juan y D Diego del Amo y del Amo, también mayores de edad, casados, labradores y vecinos de esta localidad, provistos tambien de sus respectivas cedulas personales.

Unos y otros aseguran hallarse en el pleno goce de sus derechos civiles y con capacidad legal necesaria para otorgar esta escritura de compra venta, libre y espontaneamente dicen:

Primero: que Dª Francisca Nieto Ortega es dueña propietaria por los títulos que mas adelante se dirán de las fincas que se expresan á continuación, sitos en término municipal de esta villa y cuyas descripciones son como sigue:

Mitad de una casa con corral y cochera situada en la calle Real de esta población, linda derecha otra mitad de la expresada casa propiedad de Simón del Amo, izquierda y espalda casa, corral y pajar de Isidoro Alonso y entrada calle real.

Un cuarto de bodega situado en el alto del Castillo, linda derecha otra de Lucas y Mariano Puentedura, izquierda y espalda terreno liego y entrada, servidumbre de paso á la misma.

Doce cestos y medio de carga, titulado del Tercio, proindivisos con otros de varios aparceros.

Un colmenar situado en la Calera, con la parte del horno enjambrado, linda derecha é izquierda terreno liego, espalda, otro propiedad de Simón del Amo y entrada servidumbre de paso del mismo.

Una tierra destinada al cultivo de cereales situada en donde se dice el Pradillo, de unos tres celemines de sembradura, que linda Norte, Diego del Amo, Este senda, Sur Francisco de Blas y Oeste arroyo.

Un cuarterón de monte poblado de matas de roble quejido bajo, con algunos pinos de enebro, proindiviso, con otros tres cuarterones de Simón del Amo, y distribuido en varios lotes ó cuadrillas que en conjunto reconocen los socios del mismo

Títulos: Las fincas anteriormente deslindadas le pertenecen á Dª Francisca Nieto Ortega por herencia de su difunto marido Braulio Heras del Amo y por sus aportes á matrimonio con el mismo, los cuales carecen de inscripción, cuyo difunto fué advertido para que pueda trasmitirse el dominio de ellos á nombre de los compradores y contestan: que no obstante el difunto advertido, quieren solemnizar este contrato por constar á los adquirientes que el título de dueña que Dª Francisca invoca es cierto.

Cargas: Las fincas descriptas se hallan exentas de toda carga y gravamen. Y habiendo convenido las partes acerca del modo y forma de llevar á efecto este contrato, otorgan la presente escritura de compraventa privada con arreglo á las siguientes cláusulas.

Primera: Dª Francisca Nieto Ortega vende á D Juan del Amo y del Amo y á D Diego del Amo y del Amo las fincas deslindadas por el precio convenido de doscientas setenta y cinco pesetas.

Segunda: Que dicha cantidad de doscientas setenta y cinco pesetas la recibe en este acto Dª Francisca Nieto Ortega de manos de los compradores en moneda corriente que por igual parte han aportado estos á presencia de mi, Nemesio de Pablo, y testigos presenciales al otorgamiento de este contrato.

Tercera: Dª Francisca Nieto Ortega traspasa á los compradores las fincas objeto de este documento con todos los derechos y servidumbres á ellas inherentes desde este momento y por el solo hecho del otorgamiento de esta escritura.

Cuarto: Los otorgantes aceptan esta escritura en todas sus partes presentandola su aprobación .

Asi lo otorgan ante los testigos D Juan Aparicio, D Segundo Puentedura y D Andrés Cabeza, mayores de edad, vecinos de esta villa y sin tacha legal para serlo, según manifestamos, los cuales firman con los compradores y por la vendedora, que no sabe hacerlo, lo verifica a su ruego su citado hijo Nemesio de Pablo, hoy fecha del encabezamiento.

                                                                                       A ruego de Francisca Nieto

                Juan del Amo                                                        Nemesio de Pablo

 

              Andrés Cabeza                                                     Segundo Puentedura

 


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