contrato de muletero (1914)
foto cedida por Mariano Puentedura Morales
ESTRITURA DE CONTRATO ENTRE EL ENCARGADO COMO GUARDA DEL GANADO MULAR Y ASNAL Y LOS PROPIETARIOS GANADEROS QUE AL FINAL FIRMAN
En la villa de Alcozar, a veintinueve de junio de mil novecientos catorce, reunidos de una parte Marcelino Alonso Martín, de estado casado, mayor de edad y vecino de esta expresada villa, y de otra los vecinos de esta villa que al final firman, y de mutua conformidad otorgan el presente contrato bajo las condiciones siguientes:
1ª El citado Marcelino Alonso se compromete, con la ayuda de sus dos hijos, a guardar y custodiar al ganado mular y asnal por espacio de un año, que dará principio en esta fecha y terminará en la misma en el año de mil novecientos quince, mediante cuyo transcurso de tiempo no faltará éste ningún día de la cabaña y, si faltase, podrán despedirle de muletero los dueños del ganado.
2ª Durante el tiempo de este contrato, los daños que causen los ganados que estén a su custodia serán de su cuenta el pagarlos.
3ª Los vecinos ganaderos, en garantía de sus servicios y por los ganados que a éstos guarde, al Marcelino le abonarán cuarenta y dos fanegas de grano, mitad trigo y la otra mitad centeno, distribuidas a prorrateo, según corresponda, entre los ganados que custodie, cuya especie de cantidad será cobrada por el mismo en el mes de septiembre próximo, y recogida en el punto que el Ayuntamiento designe con el fin de pagarle el salario por mensualidades vencidas, a prorrateo, según le corresponda durante el año expresado.
4ª Los ganados mulares y asnales que se aumenten o traigan al pueblo después del 1º de julio próximo y les suelten a la manada pagarán lo que les corresponda, cuyo importe vendrá a beneficio de la sociedad la mitad, y la otra mitad para el Marcelino.
Bajo cuyas condiciones se convinieron las partes a su más exacto cumplimiento, fecha ut[su]pra .
(siguen 79 firmas)
Documento original en la Secretaría del antiguo Ayuntamiento de Alcozar.
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