memorial de funciones y derechos eclesiásticos (ca. 1740)
Puerta del cementerio (foto junio 2007)
MEMORIAL DE FUNCIONES Y DERECHOS[1]
De una misa de entierro de obitus veinte y seis reales y medio; once para el Sr. cura, once para el beneficiado y cuatro y medio para el sacristán.
De ofertorio, así en la misa de entierro como en los demás oficios que se deje en testamento, se da un pan para el cura y beneficiado y una vela de dos onzas para la iglesia.
De los oficios de testamento se da quince reales al cura y beneficiado, de éstos, doce para el cura y beneficiado y tres al sacristán. Y se celebran dos misas, una cantada y otra rezada por el beneficiado. En la misa de entierro se canta el primer nocturno con el invitationis. En los oficios se cantan vísperas de difuntos y al fin de ellas un responso en la sepultura del difunto. Después se canta el primer nocturno y se dice la misa. Al ofertorio se reza un responso y, acabada la misa, se canta un responso en la sepultura.
Por una novena de testamento se dan cincuenta y ocho reales y medio, y ésta hay obligación de celebrarla en la parroquia.
Por la plegaria, el primer año dan dos ducados y después, si prosiguen, una fanega de trigo.
Por cada misa votiva cantada seis reales y medio, así en la iglesia como en la ermita.
Por el entierro de párvulo, que son siempre del cura, dan dos reales y medio al sacristán, y con misa de ángel se dan seis reales y medio.
Por un bautizo dan una gallina, y cuando sale a misa una vela y una jarra de vino, todo para el cura.
Por casar dan siete reales si tienen dispensa, por la información, siendo trece de comisión, son veinte reales y veinte maravedíes (¡!)
Cuando la villa encarga alguna misa votiva, que es privativa del cura, dan diez reales.
Por las rogativas generales, que son lunes, martes y miércoles antes de La Ascensión, dan treinta y ocho reales; catorce reales para el beneficiado y veinte y cuatro para el cura.
Por la oblación, al cura y beneficiado once reales.
Por la rogativa que se hace el lunes a la cruz del Egido se da una gallina al cura y otra al beneficiado.
Por la letanía del día de San Gregorio, a 9 de mayo, que es en Cuestalareana, se da una gallina al cura. Y por la letanía a la cruz de Carrapeñaranda dan otra gallina al cura.
Por acompañar el Sr. Cura a las villas a las rogativas, le dan de comer y trece reales la villa.
Por la asistencia y misa de Ntra. Sra. de las Nieves seis reales y una cuarta de trigo al cura y otra al beneficiado.
Los días de novena por rogativas de escasez de agua, que la dice el cura, el total son catorce fanegas de trigo.
Los responsos de todos los días del año, salves y ofertorios, son partibles entre el cura y beneficiado, menos el ofertorio de la Adoración de la Sta. Cruz, que es del cura, y también los responsos de los bautismos, casamientos y de las cofradías al día siguiente de la función.
[1] Original en el Archivo Diocesano de El Burgo de Osma. Libro de defunciones R16-4 de Alcozar. Sin fecha, aunque por la disposición de las partidas de defunción debió ser escrito hacia 1740.
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